viernes, 20 de febrero de 2009

Seis organizaciones de la POAS formarán parte del Consejo para la Igualdad de Trato


INFORMACIÓN de la Plataforma de ONG de Acción Social
El Real Decreto 1262/2007, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico, dispone en su artículo 4 la composición de dicho órgano colegiado y establece que formarán parte del mismo, diez vocales en representación de organizaciones y asociaciones cuya actividad esté relacionada con la promoción de la igualdad de trato y no discriminación de las personas por su origen racial o étnico.

Vocalías

En el BOE del 19 de enero de 2009 se recoge la Orden IGD/18/2009, de 8 de enero, por la que se publican las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato:
· Asociación Comisión Católica Española de Migración (ACCEM).
· Asociación Rumiñahui Hispano-Ecuatoriana.
· Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).
· Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres
· Consorcio de Entidades para la Acción Integral con Inmigrantes
· Cruz Roja Española.
· Fundación Secretariado Gitano.
· Movimiento contra la Intolerancia.
· Movimiento por la Paz, el Desarme y la Libertad (MPDL).
· Unión Romaní.
· Confederación de Centros de Desarrollo Rural (COCEDER).

Este organismo nace de la aplicación de la Directiva europea 2000/43/CE aprobada en junio de 2000 y relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico.
En España, se creó en diciembre de 2003 como órgano colegiado adscrito al entonces Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en concreto, a la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
Entre sus competencias, se encuentra prestar asistencia independiente a las víctimas de discriminación directa o indirecta por su origen racial o étnico y realizar "con autonomía e independencia, análisis y estudios", y promover medidas que contribuyan a la igualdad de trato y a la eliminación de la discriminación de las personas por motivos de origen racial o étnico.